
Derecho a la Propiedad Privada, Expropiación y Prohibición de las Confiscaciones en Colombia
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Description
Hoy día sabemos que el derecho no puede simplemente dividirse entre lo que compete a las normas que regulan las actuaciones de los organismos del Estado y sus relaciones con las personas naturales y jurídicas, y lo que tiene que ver con las relaciones entre los particulares. Esto se ha venido asumiendo así porque también las disposiciones de uno y otro pueden regir los temas relaciones entre Estado y particulares que actúen, bien sea bajo los lineamientos de las potestades públicas o siguiendo relaciones y normativas creadas en su propio nombre y beneficio. Bajo ese entendido, el concepto de propiedad se adoptó en los ordenamientos jurídicos desde las esferas de lo público y lo privado. En Colombia de manera amplia, dicho concepto comenzó a desarrollarse con la promulgación de la constitución de 1991, puesto que el establecimiento de Colombia como un estado social de derecho implicó una profunda transformación en lo que tiene que ver con el derecho a la propiedad privada y su relación también con el concepto de dominio estatal. Sucede así que la constitución política de Colombia en el artículo 58 reconoce y protege la propiedad privada en la medida en que en su articulado extiende la garantía a los demás derechos que se adquieren conforme las leyes civiles, pero también señala que esta tiene una función social que implica una serie de obligaciones que son inherentes también a cumplir con una función ecológica.